Comité de Participación Ciudadana
El Comité de Participación Ciudadana tiene como objetivo coadyuvar al cumplimiento de los objetivos del Comité Coordinador Estatal, así como ser la instancia de vinculación con las organizaciones sociales y académicas relacionadas con las materias del Sistema Estatal.
El Comité de Participación Ciudadana estará integrado por cinco ciudadanos de probidad y prestigio que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Durarán en su encargo cinco años, sin posibilidad de reelección y serán renovados de manera escalonada, y sólo podrán ser removidos por alguna de las causas establecidas en la normatividad relativa a los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves.
El Comité de Participación Ciudadana tendrá, entre otras, las atribuciones siguientes:
- Acceder sin ninguna restricción, por conducto del Secretario Técnico, a la información que genere el Sistema Estatal.
- Opinar y realizar propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre la política estatal y las políticas integrales.
- Proponer al Comité Coordinador Estatal, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para su consideración:
- Proyectos de bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan.
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para la operación del Sistema Local de Información y su coordinación para la integración de la información del Estado a la Plataforma Digital Nacional.
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los diversos órdenes de gobierno en las materias reguladas por esta Ley.
- Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos requeridos para la operación del sistema electrónico de denuncia y queja.
- Proponer al Comité Coordinador Estatal, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, mecanismos para que la sociedad participe en la prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción.
- Llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno.
- Opinar o proponer, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, indicadores y metodologías para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política Estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal.
- Proponer mecanismos de articulación entre organizaciones de la sociedad civil, la academia y grupos ciudadanos.
- Proponer reglas y procedimientos mediante los cuales se recibirán las peticiones, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas que la sociedad civil pretenda hacer llegar a la Auditoría Superior del Estado, a la Secretaría de la Contraloría, y/o a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.
- Proponer al Comité Coordinador Estatal, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, la emisión de recomendaciones no vinculantes;
- Promover la colaboración con instituciones en la materia, con el propósito de elaborar investigaciones sobre las políticas públicas para la prevención, detección y combate de hechos de corrupción o faltas administrativas;
- Promover e impulsar en coordinación con la Secretaría de Educación, dentro de los programas educativos la difusión de contenidos en materia de cultura de Anticorrupción, a fin de que la niñez tenga conocimiento sobre la materia.